Arraigo socioformativo 2025: guía práctica en Murcia
El arraigo socioformativo 2025, antes conocido como “arraigo por formación”, es una de las vías más recientes para regularizar la situación de personas extranjeras en España. Tras la entrada en vigor del RD 1155/2024, esta autorización se ha actualizado y consolidado, manteniendo su carácter de permiso temporal vinculado a la formación orientada al empleo.
En esta guía explicamos qué es, cómo solicitarlo en Murcia, qué cursos sirven en la Región y, sobre todo, cómo modificarlo a una residencia y trabajo una vez superada la etapa de formación.
¿Qué es y en qué se diferencia del antiguo “arraigo por formación”?
El arraigo socioformativo 2025 es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales prevista en el artículo 124 del Reglamento de Extranjería. Su origen está en el llamado “arraigo por formación”, introducido en 2022.
La diferencia principal es que el nuevo arraigo socioformativo refuerza la conexión entre el proyecto de formación y la inserción laboral, integrando criterios del BOE y de las Instrucciones SEM 1/2025 del Ministerio de Inclusión. No basta con matricularse en cualquier curso: debe tratarse de formación oficial y orientada a la empleabilidad.
Requisitos y documentación
Para poder acceder al arraigo socioformativo 2025 en Murcia, es necesario cumplir con una serie de condiciones:
Acreditar permanencia continuada en España durante un periodo determinado antes de la solicitud.
No tener antecedentes penales en España ni en los países de residencia anteriores.
Comprometerse a realizar una formación adecuada vinculada al empleo.
No tener prohibida la entrada en territorio Schengen.
Presentar pasaporte completo y en vigor.
Matrícula o compromiso de formación válida
El solicitante debe demostrar que está matriculado o que tiene un compromiso firme de matrícula en un curso válido. Se aceptan estudios reglados, certificados de profesionalidad, formación conducente a cualificaciones de la administración laboral o de los servicios públicos de empleo, como el SEF en Murcia.
Duración y condiciones de la autorización
La autorización de arraigo socioformativo tiene una duración inicial de 12 meses, prorrogables en función del tiempo que dure la formación. Durante este tiempo, la persona no puede trabajar, salvo que se produzca la modificación a residencia y trabajo cuando cumpla los requisitos.
¿Qué cursos sirven en la Región de Murcia?
En Murcia, los cursos más recomendables para este trámite son los vinculados a certificados de profesionalidad y a itinerarios formativos oficiales ofrecidos por el Servicio de Empleo y Formación (SEF).
Los certificados de profesionalidad son títulos oficiales reconocidos a nivel estatal que acreditan competencias laborales. Se imparten en centros autorizados y tienen validez en todo el territorio nacional. Además, el SEF publica periódicamente su oferta formativa, que incluye áreas de alta demanda laboral como hostelería, logística, cuidados sociosanitarios, agricultura tecnológica o transporte.
Cómo pasar a permiso de trabajo: vías y requisitos
Una de las claves del arraigo socioformativo es que está diseñado como un puente hacia la residencia y trabajo. Tras completar la formación y cumplir los criterios, el extranjero puede solicitar la modificación a autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia.
Plazos y supuestos admitidos según las Instrucciones SEM 1/2025
De acuerdo con las Instrucciones SEM 1/2025, se puede modificar el arraigo socioformativo a trabajo una vez finalizada la formación y acreditado un contrato o proyecto laboral real. El Ministerio de Inclusión ha aclarado que:
No se aplica la limitación de la “situación nacional de empleo” cuando la modificación deriva de un arraigo socioformativo, lo que facilita la contratación.
El plazo para presentar la modificación es flexible mientras la autorización inicial esté en vigor.
Los contratos deben ser acordes con la formación superada.
Casos reales frecuentes y soluciones
Finalizo el curso pero tardo en conseguir contrato: es posible prorrogar la autorización mientras exista vinculación con la formación y se acredite la búsqueda activa de empleo.
El curso cambia de horario o modalidad: debe comunicarse a Extranjería, pero no implica necesariamente la denegación si sigue siendo formación válida.
Contrato en sector distinto: puede aceptarse si se justifica la conexión con competencias adquiridas o si existe escasez acreditada de mano de obra.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Puedo trabajar durante el arraigo socioformativo? No, mientras dure la autorización inicial el permiso solo habilita para estudiar. El trabajo solo será posible al modificar la autorización a residencia y trabajo.
¿Qué pasa si cambio de curso? Se debe informar y justificar la continuidad de la formación en un área igualmente válida. Extranjería puede aceptarlo si se mantiene la finalidad de empleabilidad.
¿Puedo modificar sin cumplir la “situación nacional de empleo”? Sí. Según el criterio del Ministerio de Inclusión y las Instrucciones SEM 1/2025, la situación nacional de empleo no se aplica en este supuesto, lo que elimina un obstáculo importante.
Enlaces oficiales
RD 1155/2024 – regula y renombra el arraigo socioformativo.
Instrucciones SEM 1/2025 (criterios actualizados para la aplicación del arraigo socioformativo).
Conclusión El arraigo socioformativo 2025 en Murcia es una oportunidad para regularizar la situación administrativa a través de la formación y dar el salto a una residencia con permiso de trabajo. La clave está en elegir bien el curso (preferiblemente certificado de profesionalidad o formación del SEF), cumplir con los requisitos y preparar con antelación la modificación a trabajo. Un abogado de extranjería en Murcia puede ayudarte a maximizar tus posibilidades de éxito y evitar errores durante el proceso.