El arraigo social es, en 2025, una de las vías más frecuentes para que personas extranjeras en España regularicen su situación y obtengan una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.
La reforma del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024, en vigor desde mayo de 2025) ha supuesto cambios muy relevantes: ahora basta con acreditar 2 años de permanencia en España (antes eran 3), y se flexibilizan los medios económicos exigidos, contemplando no solo el contrato de trabajo sino también otras formas de integración.
En esta guía completa te explicamos, paso a paso y con un enfoque práctico para la Región de Murcia, cuáles son los requisitos actualizados, qué documentos debes preparar, cómo se tramita la solicitud y qué errores evitar para no recibir una denegación.
El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se concede a extranjeros que acreditan vínculos familiares o sociales en España, un tiempo mínimo de permanencia continuada y medios económicos para subsistir. A diferencia de otros permisos, no se basa en visados o contrataciones desde el país de origen, sino en la integración en la sociedad española.
La entrada en vigor del RD 1155/2024 y de las Instrucciones SEM 1/2025 ha reducido plazos y flexibilizado requisitos:
Debes acreditar 2 años de residencia en España. El tiempo se demuestra con empadronamiento histórico, atenciones médicas, escolarización de hijos, facturas, etc. Las ausencias no pueden superar los 120 días en total.
Existen dos vías:
Puedes cumplir este requisito de tres formas:
No debes tener condenas en España ni en tus países de residencia de los últimos 5 años por delitos previstos en la legislación española.
Se debe presentar pasaporte completo, válido y actualizado.
La siguiente lista es orientativa, y puede variar según cada caso:
En la Región de Murcia, la solicitud se presenta ante la Oficina de Extranjería de la Delegación del Gobierno. Puede hacerse de forma presencial con cita previa o telemática mediante certificado digital. Tras presentar la solicitud, la Administración dispone de 3 meses para resolver. Si no hay respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.
La autorización inicial de arraigo social se concede por 1 año, con posibilidad de renovación o modificación a residencia y trabajo. Al finalizar, podrás solicitar la residencia por trabajo, facilitando así la estabilidad y la integración definitiva en España.
Al vencer el año de autorización, tienes varias opciones:
No siempre. La normativa de 2025 permite acreditar medios de vida alternativos, como trabajo por cuenta propia o ingresos familiares suficientes.
Las ausencias no pueden superar 120 días en los 2 años exigidos. Se recomienda justificar cada salida con billetes y entradas selladas.
No se admite arraigo social con antecedentes penales vigentes en España o en tu país de origen en los últimos 5 años.
El informe lo emite la Comunidad Autónoma de Murcia, a través de los servicios sociales o ayuntamientos. Se recomienda pedir cita previa y acudir con documentación sobre tu integración (cursos, padrón, certificados).
No. Solo podrás trabajar una vez concedida la autorización y tramitada la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
El arraigo social 2025 se ha convertido en una vía más accesible para regularizar la situación de extranjeros en España gracias a la reducción de plazos a 2 años y la flexibilización de medios económicos. No obstante, la preparación de la solicitud requiere cuidado y asesoramiento experto.
En nuestro despacho de Murcia te acompañamos durante todo el proceso, revisando tu documentación, solicitando el informe de integración y asegurando que tu expediente cumpla todos los requisitos legales.
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