Matrimonios entre extranjeros y españoles

Matrimonios entre extranjeros y españoles

El aumento de población de otras nacionalidades en España ha supuesto un incremento en la celebración de matrimonios entre personas de nacionalidad española y extranjeros, así como entre extranjeros.

Debido a esto, es frecuente encontrarnos con dos tipos de casos, cuya situación, desde el punto de vista de la ley es distinta: matrimonios entre una persona con nacionalidad española y otra con otra nacionalidad y matrimonios entre dos personas con nacionalidad extranjera.

Los matrimonios mixtos son el primer caso, es decir, formados por una persona con nacionalidad española y otra extranjera.

Para que se pueda celebrar el matrimonio y este sea reconocido legalmente, la ley establece una serie de trámites previos de obligado cumplimiento. La finalidad de estos trámites es dirimir si este matrimonio sería real o, por el contrario, está concertado en interés de los dos miembros, lo que se denominaría coloquialmente un matrimonio de conveniencia.

Antes de proceder con el matrimonio se abrirá un expediente para iniciar la tramitación. Entre los documentos que se habrán de incluir están:

  • Una declaración jurada de ambos miembros de la pareja respecto a su estado civil. Si además uno de los miembros de la pareja estuviera divorciado, deberá aportar sentencia de divorcio.
  • La presentación de dos testigos que den fe de la relación existente entre ambos miembros de la pareja.
  • Certificados actualizados de nacimiento

Una vez presentada y revisada toda la documentación solicitada, y si todo lo aportado es correcto, se aprobará el expediente, pudiendo así contraer matrimonio la pareja.

Tras la celebración del matrimonio legal, la pareja que no ostenta la nacionalidad española pasa a considerarse a efectos legales como familiar de su cónyuge y por tanto un ciudadano comunitario con derecho de residencia.

El otro caso con el que podemos encontrarnos es el de una pareja formada por dos personas de nacionalidad no española que desean contraer matrimonio en nuestros país.
En este caso la legislación establece una serie de requisitos que ambos deberán cumplir para que puedan proceder con el matrimonio.
Estos requisitos se justificarán con documentación que deberá aportarse durante el procedimiento. Entre otros, deberán aportar: certificados de nacimiento y de estado civil etc.

Nuestros abogados de extranjería de Murcia le pueden asesorar a usted y su pareja acerca de todos los trámites necesarios para cumplir con el expediente que la ley requiere y de esta forma llevar a cabo la celebración de su matrimonio. No dude en contactar con nuestro despacho para obtener asesoramiento legal. Le atenderemos a la mayor rapidez y realizaremos todas las gestiones necesarias para que agilizar el proceso.

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